domingo, 5 de febrero de 2012

PASOS PARA CREAR Y LEGALIZAR UNA EMPRESA COMO PERSONA JURIDICA

se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicial.

1-ASESORÍA:  tener una idea de negocio o plan de empresa, asesoramiento de lo que esta implica

2.CONSULTA: documentos necesarios y consultas virtuales previas.

3-RUT: (registro único tributario)

4-DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN: inscribir la sociedad y el establecimiento de comercio en el registro mercantil (en la camara de comercio de bogota)

5-RUE
   FORMULARIO DE REGISTRO EMPRESARIAL: diligenciar los formularios para formalizar su empresa

6-FORMALIZACION: Registro de la matricula mercantil en la cámara de comercio de bogota.



QUE ES EL RUT?
Es una nueva medida que ha tomado el gobierno para poder hacer el respectivo seguimiento de los movimientos financieros de cada una de las personas que están inscritos en él asi como de las empresas.
El RUT le permite a la DIAN contar con información actualizada, veras y confiable de las personas obligadas a inscribirse en el mismo ,para desarrollar una gestión efectiva en materia de recaudo, control y servicio que a su vez facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias así como la simplificación de trámites y reducción de costos.
Quienes están obligados a inscribirse en el RUT
- Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta, 
- Las personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio,
 
-.Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado.
 
- Los agentes retenedores,
 
- Los importadores y exportadores,
 
- Las demás personas naturales o jurídicas que participen en las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero,
- Los profesionales en compra y venta de divisas, y
 
-. Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición de NIT, cuando por disposiciones especiales estén obligadas a expedir factura

QUE ES EL RIT?
(Registro de información tributaria), es un mecanismo de ubicación, clasificación e identificación de los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros. La inscripción en el RIT se debe efectuar entre los dos meses siguientes a la iniciación de operaciones. Si usted se inscribió en el RIT a través de la Cámara de Comercio de Bogotá después del 15 de abril del 2002, su registro en el RIT se efectuó en ese mismo momento ante la Administración.
Adicionalmente, cuando se presente alguna novedad en su actividad (cambio de dirección, cese de actividades, etc.), debe informar a la Secretaria Distrital de Hacienda diligenciando el formulario correspondiente,  en caso de que su inscripción en el RIT sea después del 15 de abril del 2002 se debe realizar la novedad ante la Cámara de Comercio de Bogotá.



INSTRUCTORA: Clara Ortiz
GRUPO: 296679

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